Ley de Compras Públicas

La Ley de Compras Públicas (N° 21.634 moderniza la Ley N° 19.886 para hacer más eficiente, transparente y sustentable la contratación pública (publicada el 11 de diciembre de 2023).

Cambios Claves que Debes Tener en Cuenta

Ley de Compras Públicas

La Ley de Compras Públicas N° 21.634 moderniza la Ley N° 19.886 para hacer más eficiente, transparente y sustentable la contratación pública (publicada el 11 de diciembre de 2023).

– Más transparencia y probidad en los procesos.

– Mayor eficiencia e innovación.

– El proceso debe comenzar con un análisis de necesidad.

– Aplicación de principios de economía circular (como reutilización y menor generación de residuos).

– Fortalecimiento del Tribunal de Contratación Pública y de la Dirección de Compras Públicas (ChileCompra).

– Se fortalece el rol de ChileCompra en promover la participación de EMT y cooperativas, trabajando junto al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y a la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO).

– Se reconoce legalmente el mecanismo de Compra Ágil (para adquisiciones menores a 100 UTM).

– Se facilita el pago anticipado para compras electrónicas, al eximirse la exigencia de garantía por anticipo en contrataciones inferiores a 1.000 UTM o realizadas por medios electrónicos.

– Las compras deben considerar el ciclo de vida completo de los productos (desde su producción hasta su disposición final).

– Las instituciones deben usar mecanismos que permitan transferir o reutilizar bienes muebles en desuso entre servicios públicos antes de realizar nuevas compras.

– Se establece un catálogo electrónico obligatorio para consultar bienes reutilizables que puedan ser transferidos a la institución antes de comprar algo nuevo. El catálogo de Economía Circular está disponible en Mercado Público, donde cada entidad podrá ingresar los bienes muebles en desuso, en buen estado, para transferirlos en forma gratuita a otros organismos públicos, o bien solicitar la transferencia de un bien que necesita, en vez de proceder a su compra.

Subasta Inversa Electrónica: procedimiento especial aplicable a bienes o servicios estandarizados que no están disponibles en la tienda de Convenio Marco. A través de un nuevo módulo en Mercado Público, los compradores podrán generar ahorros al permitir que los proveedores mejoren sus ofertas en una segunda etapa competitiva.

Compra Pública Innovación (CPI): introduce dos procedimientos que buscan desarrollar soluciones innovadoras, sustentables y sostenibles para resolver necesidades complejas del sector público:

  • i. Contratos para la Innovación: permiten financiar la investigación y el desarrollo de prototipos cuando no existen soluciones disponibles en el mercado, aun cuando los proveedores beneficiados no sean los adjudicatarios finales.

     

  • ii. Diálogo Competitivo de Innovación: facilita la adaptación de bienes o servicios existentes para satisfacer necesidades públicas complejas mediante un proceso de diálogo estructurado con proveedores.

Artículo 6: Las bases de licitación deben buscar la mejor relación entre costo y beneficios, considerando aspectos como la sustentabilidad y el ciclo de vida del bien o servicio.

Artículo 7, letra d): Se definen procedimientos especiales de contratación que promuevan sustentabilidad, innovación, participación de EMT y proveedores locales.

Artículo 12: El Plan Anual de Compras (PAC) debe considerar: necesidades reales de la institución, plan estratégico institucional, presupuesto asignado y criterios de sustentabilidad y eficiencia.

Artículo 37: Las ofertas se evaluarán considerando costos y beneficios presentes y futuros, incluyendo criterios económicos y técnicos.

Artículo 55: Las Entidades pueden establecer criterios complementarios (como sustentabilidad); no obstante, estos no deben prevalecer ni ponderar por sobre la evaluación técnica y económica, y jamás podrán excluir o impedir la participación de oferentes.

– Se crea el CCPIS (arts. 40 al 46), que debe aprobar la Política de Compra Pública de Innovación del Estado.

– Asesora a organismos públicos y a ChileCompra en adquisiciones innovadoras, incorporación de criterios de sustentabilidad y aplicación de la Ley de Economía Circular.

– Evalúa y reporta anualmente los resultados de la Compra Pública de Innovación y la evolución de la política.

Resumen Final: ¿Qué cambia para tu trabajo en compras públicas?

– Se refuerza la planificación previa a comprar.

– Se deben considerar sustentabilidad y economía circular en el proceso de abastecimiento.

– Se potencia la participación de pequeñas empresas de menor tamaño.

– No se puede excluir a oferentes solo por criterios medioambientales o sociales, pero estos deben ser parte de la evaluación

– Es obligatorio revisar el catálogo de economía circular antes de realizar una nueva compra.

– Las instituciones deben ajustar sus bases de licitación, Plan Anual de Compras y evaluaciones de ofertas a este nuevo marco legal

Programa Estado Verde – Requisito Técnico E1/O2/RT9

El Requisito Técnico E1/O2/RT9 del Programa Estado Verde promueve la gestión de compras sustentable en la plataforma de Mercado Público. Este requisito considera principalmente aquellos criterios de evaluación y/o requisitos sustentables de carácter medioambiental.

Su cumplimiento se mide, en 2025, como el porcentaje de compras realizadas a través de licitación pública adjudicada y compra ágil que integren dichos criterios, respecto del total de procesos adjudicados en los rubros definidos. El indicador se construye a nivel de organismo, no de unidad.

Programa Estado Verde – Requisito Técnico E1/O2/RT9

El Requisito Técnico E1/O2/RT9 del Programa Estado Verde promueve la gestión de compras sustentable en la plataforma de Mercado Público. Este requisito considera principalmente aquellos criterios de evaluación y/o requisitos sustentables de carácter medioambiental.

Su cumplimiento se mide, en 2025, como el porcentaje de compras realizadas a través de licitación pública adjudicada y compra ágil que integren dichos criterios, respecto del total de procesos adjudicados en los rubros definidos. El indicador se construye a nivel de organismo, no de unidad.

Directivas de ChileCompra

Directiva N° 17. Igualdad de oportunidades en el Mercado Público (2022)

Fomenta criterios inclusivos en la contratación pública, otorgando igualdad de acceso y participación a oferentes en desventaja (personas con discapacidad, jóvenes desempleados, minorías étnicas).

Directiva N° 20. Enfoque de Género (2022)

Promueve la contratación inclusiva y con enfoque de género. Destaca el Sello Empresa Mujer como mecanismo para identificar y premiar a empresas lideradas por mujeres.

Directiva N° 25. Criterios ambientales (2016)

Recomienda incorporar criterios ambientales y de eficiencia energética en adquisiciones (vehículos, papel, productos de calefacción), considerando el costo total del ciclo de vida.

Directiva N° 26. Eficiencia en la contratación de bienes y servicios (2018)

Fomenta buenas prácticas en el uso racional de garantías y la priorización del criterio económico en bienes y servicios estándar.

Importante

De acuerdo con la normativa vigente, los organismos públicos pueden incorporar criterios de sustentabilidad en etapas clave del proceso de compra. La Ley N° 21.634 establece que los PAC consideren principios y criterios de sustentabilidad, y el Reglamento (DS N° 661/2024) detalla que las bases de licitación pueden incluir criterios de evaluación complementarios de tipo social, ambiental o económico. Dichos criterios deben formularse de manera objetiva y verificable, evitando discriminación y asegurando que no reemplacen los aspectos técnicos y económicos principales de la oferta.

Directivas de ChileCompra

Directiva N° 17. Igualdad de oportunidades en el Mercado Público (2022)

Fomenta criterios inclusivos en la contratación pública, otorgando igualdad de acceso y participación a oferentes en desventaja (personas con discapacidad, jóvenes desempleados, minorías étnicas).

Directiva N° 20. Enfoque de Género (2022)

Promueve la contratación inclusiva y con enfoque de género. Destaca el Sello Empresa Mujer como mecanismo para identificar y premiar a empresas lideradas por mujeres.

Directiva N° 25. Criterios ambientales (2016)

Recomienda incorporar criterios ambientales y de eficiencia energética en adquisiciones (vehículos, papel, productos de calefacción), considerando el costo total del ciclo de vida.

Directiva N° 26. Eficiencia en la contratación de bienes y servicios (2018)

Fomenta buenas prácticas en el uso racional de garantías y la priorización del criterio económico en bienes y servicios estándar.

Importante

De acuerdo con la normativa vigente, los organismos públicos pueden incorporar criterios de sustentabilidad en etapas clave del proceso de compra. La Ley N° 21.634 establece que los PAC consideren principios y criterios de sustentabilidad, y el Reglamento (DS N° 661/2024) detalla que las bases de licitación pueden incluir criterios de evaluación complementarios de tipo social, ambiental o económico. Dichos criterios deben formularse de manera objetiva y verificable, evitando discriminación y asegurando que no reemplacen los aspectos técnicos y económicos principales de la oferta.

Marcos e Iniciativas Internacionales

Chile está alineado con instrumentos y redes internacionales que respaldan la integración de la sustentabilidad en la contratación pública:

Agenda 2030 – ODS 12.7: promueve prácticas de contratación pública sustentables, de acuerdo con la meta 12.7 del ODS 12.

Acuerdo de París: ratificado por Chile en febrero de 2017 mediante el D.S. 30/2017, comprometiendo al país a reducir emisiones de GEI en todos los sectores, incluidas las compras estatales.

One Planet Network – Programa SPP: Chile forma parte de esta alianza público-privada global para compras públicas sustentables, que entrega herramientas y buenas prácticas alineadas con el ODS 12.